El
siguiente es el Reglamento interno del Campamento
BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL
CENTRO
EDUCATIVO "MARTIN O. MACHIÑENA"
REGLAMENTO
INTERNO PARA USUARIOS CENTRO EDUCATIVO:
La estadía
en el Centro Educativo de Raigón, se ajustará a las siguientes disposiciones:
ART. 1°) La
adjudicación de los lugares se hará en este Centro Educativo y todos los
concurrentes disfrutarán de las comodidades que presta, debiendo gozar con
dignidad de ese derecho y respetar el que concierne a los demás asistentes,
funcionarios y autoridades.-
No podrán
concurrir personas, que padezcan enfermedades que requieran cuidados médicos
especiales.
ART. 2°) Los
participantes deberán cuidar las instalaciones en general, y especialmente la
flora y fauna del lugar corriendo por cuenta de los responsables, en su caso,
las roturas, desperfectos y extravío de objetos propiedad del mencionado
Centro.-
ART. 3°) NO SE PERMITE DENTRO DEL
CENTRO EDUCATIVO:
·
Portar armas de cualquier tipo (chumberas,
arcos de
flechas,
ballestas, hondas, etc.). -
·
Introducir animales.-
·
La presencia de personas no inscriptas en
la actividad.-
*
Participar de todo tipo de juego bancado o que pueda
prestarse
a apuestas de las previstas en las leyes de
represión
de los juegos de azar.-
·
La utilización de cualquier artefacto
eléctrico dentro de las habitaciones.-
·
Retirar de las habitaciones o locales,
cualquier
clase de ropa o elementos que pertenezcan a la
dependencia, para ser utilizado fuera de tales
ambientes.-
·
Retirar del comedor cualquier material que
pertenezca al mismo, para ser utilizado fuera del
mencionado local, cualquiera sea el fin.-
·
Fumar en los ambientes cerrados (Comedor,
Salón
"Uruguay", etc.). -
·
Encender fuego en lugares no habilitados.-
·
Transitar por la vía del ferrocarril e
inmediaciones de la laguna de oxidación.-
·
Pernoctar en lugares no habilitados para
tal fin.-
·
El uso del teléfono de la dependencia.-
(Existe cabina
de
teléfono tarjetero de ANTEL). -
·
La circulación interna de todo tipo de
vehículo
fuera
del lugar reservado para el
estacionamiento.-
·
ESTACIONAR LOS VEHÍCULOS FUERA DEL LUGAR
QUE ESTA
DESTINADO A TALES EFECTOS.-
·
Dejar canillas abiertas y luces
encendidas.-
·
Tomar mate y fumar en la zona de la
piscina.-
·
Permanecer dentro del comedor después de
la hora que se indicará en cada caso.-
ART. 4°) Los
acampantes serán responsables de las existencias entregadas bajo inventario y
firmarán en el momento de documentar su llegada, previo control del mismo y
serán responsables de su conservación.-
ART. 5°) Los
acampantes deberán presentarse correctamente vestidos en el Comedor,
Administración, y lugares de estar (TORSO CUBIERTO). –
ART. 6°) La pensión
diaria comprende, en caso de estar convenido: el desayuno, almuerzo, merienda y
cena, sin bebidas, las que podrán adquirirse en la Cantina.-
ART. 7°) Todo
acampante deberá limpiar la mesa asignada en el comedor luego de usarla, con
los elementos que se les proporcionen y dejar los bancos sobre las mismas (sólo
después del desayuno). –
ART. 8°) Los
horarios de las distintas comidas en el comedor deberán ser respetados de
acuerdo con lo fijado.- No se servirán alimentos fuera de los horarios
establecidos.-
ART. 9°) Los
cantos y el uso de instrumentos musicales, podrán tener una manifestación
moderada a efectos de que no provoquen molestias a los otros acampantes,
debiendo cesar toda actividad a la hora 24. –
ART. 10°) No se
podrá realizar actividad alguna fuera de los lugares previamente asignados.-
ART. 11°) Se
establece especialmente que la piscina será utilizada exclusivamente en los
horarios que se fijen oportunamente.- En tal sentido, deberán respetarse
estrictamente las disposiciones que para su utilización se impartan, ya sea
para el mantenimiento de la higiene o por seguridad de los participantes.-
ART. 12°) Todo
acampante que no cumpliera con las disposiciones que regulan la estadía en el
Centro Educativo, faltare el respeto o promoviese incidentes, será invitado a
retirarse inmediatamente, sin perjuicio de otras medidas que pudieran
corresponderle.-